Dada la nueva legislación europea para el vuelo de drones, podemos decir que existe un orden lógico para poder volar en condiciones legales. Más o menos se describen aquí lo pasos a seguir de manera muy esquemática.
REGISTRO DE OPERADOR DE UAS
A menos que volemos drones de «juguete» de menos de 250 gr, sin cámara de ningún tipo, etc. tendremos que registrarnos como piloto de drones. Lo podemos hacer en la siguiente direccion:
https://sede.seguridadaerea.gob.es/SEDE_AESA/LANG_CASTELLANO/TRAMITACIONES/UAS/
TENER LA FORMACIÓN ADECUADA
La formación y examen de conocimientos para poder operar un dron en categoría abierta, subcategorías A1 y A3, es accesible a través de la web de AESA.
Toda la formación está allí. Pero además para contactar con AESA en lo referente a la formación de categoría ‘abierta’ se ha habilitado un correo electrónico para pilotos
formaciondrones.aesa@seguridadaerea.es
PLANIFICACION Y REGISTRO DEL VUELO
Por último a la hora de volar deberíamos de planificar el vuelo como tal, haber dado de alta nuestros drones y registrar el vuelo en la web de Enaire. Por supuesto sólo podremos volar en zona no aerocontrolada, a menos que contemos con un permiso especial.